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Nuevo formato para certificado de estudios escolares 2020

 

Nuevo formato para certificado de estudios escolares 2020

El certificado de estudios ya no deberá ser llenado a mano en papel amarillo ni tendrá que ser visado por la UGEL debido a que el Ministerio de Educación (Minedu) estableció un nuevo proceso para su emisión, a fin de facilitar los procesos administrativos al ciudadano.

Este proceso, aprobado mediante la resolución ministerial N° 432-2020-Minedu, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, beneficia a directivos y a la comunidad educativa en general ya que evita sobrecostos de producción y el traslado a la UGEL; y facilita el trámite a las familias al reducir el tiempo de espera para obtener y validar el certificado.

El nuevo formato de certificado de estudios, que debe tener la firma y el sello del director de la institución educativa para ser válido, contiene dos elementos de seguridad que permitirán verificar sus contenidos.

Un elemento de seguridad consiste en acceder a la web https://certificado.minedu.gob.pe/, donde se selecciona la opción “Verificar Certificado”, se ingresa el código virtual que figura en el documento y el DNI del estudiante.

El otro elemento de seguridad consiste en escanear con un smartphone el código QR impreso en el certificado.

En ambos casos, si la información que aparece en el sistema es la misma del documento presentado, este es válido; en caso se visualice información distinta, el documento ha podido ser adulterado, por lo que no tendrá validez y será rechazado.

De acuerdo con la normativa vigente, el certificado de estudios es requisito para acceder al primer grado de secundaria en instituciones educativas públicas y privadas, al ciclo técnico de un centro de educación técnico-productiva, a institutos de educación superior, a estudios en el extranjero, a las Fuerzas Armadas, y para traslados entre colegios privados.

Constancia de logros de aprendizaje

Para todos los demás casos en que se necesite acreditar la trayectoria educativa, podrá usarse la constancia de logros de aprendizaje, un documento que presenta los resultados de evaluación de los grados cursados por nivel educativo, es gratuito y se obtiene de manera digital.

La constancia de logros de aprendizaje puede ser usada para acceder a una beca del Pronabec, a estudios universitarios y a las Fuerzas Policiales, o en procesos de selección laboral para que los postulantes puedan acreditar los grados cursados en la educación básica regular. Este documento puede ser descargado e impreso mediante la plataforma web https://constancia.minedu.gob.pe/

 

Pueden tramitar la constancia de logros de aprendizaje desde la web los ciudadanos peruanos que hayan cursado algún grado de la educación básica regular a partir del año 2013 en instituciones educativas públicas y privadas.

Los estudiantes que hayan egresado de la educación básica regular antes del 2013 y quieran acreditar su trayectoria educativa deberán solicitar necesariamente el certificado de estudios en la institución educativa donde cursaron el último grado o en la UGEL, si la institución educativa se encuentra clausurada.

En caso el estudiante haya culminado su etapa escolar antes de 1985, debe acercarse a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Minedu para tramitarlo.

(FIN) NDP/RRC

Publicado: 29/10/2020


Nuevo formato para certificado de estudios escolares 2020

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R. M. Nº 432-2020-MINEDU| Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)

 

Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 432-2020-MINEDU

Lima, 28 de octubre de 2020

 

VISTO: el Expediente Nº 0108861-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 01133-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal a) del artículo 53 de la Ley, establece que el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo; y le corresponde contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación;

Que, el literal d) del artículo 18 de la Ley establece que, con el fin de garantizar la equidad en la educación, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, aseguran mecanismos que permitan la matrícula oportuna, la permanencia y la reincorporación de los estudiantes al sistema educativo y establecen medidas especiales para retener a los que se encuentran en riesgo de exclusión del servicio;

Que, asimismo, el artículo 25 de la Ley establece que el Sistema Educativo Peruano es integrador y flexible porque abarca y articula todos sus elementos y permite a los usuarios organizar su trayectoria educativa; y el artículo 26 señala que el Sistema Educativo articula sus componentes para que toda persona tenga oportunidad de alcanzar un mayor nivel de aprendizaje;

Que, por su parte, el artículo 18 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que la articulación del Sistema Educativo tiene el propósito de posibilitar la integración, flexibilidad e interconexión para la organización de trayectorias distintas y diversas, según las necesidades y características del estudiante;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 609-2018-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)”, la cual tiene por finalidad establecer las disposiciones que regulan el registro de la trayectoria educativa del estudiante de instituciones educativas (públicas y privadas) y programas educativos, de Educación Básica; en base a la información obtenida de los procesos de matrícula y evaluación realizados a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE);

Que, se ha identificado que es necesario regular el registro administrativo de la trayectoria educativa del estudiante durante su permanencia en la Educación Básica, en base a la información obtenida de los procesos de matrícula y evaluación; así como la emisión de documentos que reflejen dicha trayectoria con base en la información registrada y disponible en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE);

Que, en esa línea, la Dirección de Gestión Escolar ha trabajado un proyecto de documento normativo denominado “Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)”;

Que, mediante Informe Nº 00023-2020-MINEDU/VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar sustenta ante el Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, la necesidad de aprobar un nuevo documento normativo que regule el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE);

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

 

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 609-2018-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE)”, la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO

Ministro de Educación

1897951-1

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FORMATO PARA CERTIFICADO DE  ESTUDIOS ESCOLARES
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MINEDU anuncia nuevo formato para certificado de estudios escolares

 




MINEDU anuncia nuevo formato para certificado de estudios escolares

El certificado de estudios ya no deberá ser llenado a mano en papel amarillo ni tendrá que ser visado por la UGEL debido a que el Ministerio de Educación (Minedu) estableció un nuevo proceso para su emisión, a fin de facilitar los procesos administrativos al ciudadano.

Este proceso, aprobado mediante la resolución ministerial N° 432-2020-Minedu, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, beneficia a directivos y a la comunidad educativa en general ya que evita sobrecostos de producción y el traslado a la UGEL; y facilita el trámite a las familias al reducir el tiempo de espera para obtener y validar el certificado.

El nuevo formato de certificado de estudios, que debe tener la firma y el sello del director de la institución educativa para ser válido, contiene dos elementos de seguridad que permitirán verificar sus contenidos.

Un elemento de seguridad consiste en acceder a la web https://certificado.minedu.gob.pe/, donde se selecciona la opción “Verificar Certificado”, se ingresa el código virtual que figura en el documento y el DNI del estudiante.

El otro elemento de seguridad consiste en escanear con un smartphone el código QR impreso en el certificado.

En ambos casos, si la información que aparece en el sistema es la misma del documento presentado, este es válido; en caso se visualice información distinta, el documento ha podido ser adulterado, por lo que no tendrá validez y será rechazado.

De acuerdo con la normativa vigente, el certificado de estudios es requisito para acceder al primer grado de secundaria en instituciones educativas públicas y privadas, al ciclo técnico de un centro de educación técnico-productiva, a institutos de educación superior, a estudios en el extranjero, a las Fuerzas Armadas, y para traslados entre colegios privados.

Constancia de logros de aprendizaje

Para todos los demás casos en que se necesite acreditar la trayectoria educativa, podrá usarse la constancia de logros de aprendizaje, un documento que presenta los resultados de evaluación de los grados cursados por nivel educativo, es gratuito y se obtiene de manera digital.

La constancia de logros de aprendizaje puede ser usada para acceder a una beca del Pronabec, a estudios universitarios y a las Fuerzas Policiales, o en procesos de selección laboral para que los postulantes puedan acreditar los grados cursados en la educación básica regular. Este documento puede ser descargado e impreso mediante la plataforma web https://constancia.minedu.gob.pe/

Pueden tramitar la constancia de logros de aprendizaje desde la web los ciudadanos peruanos que hayan cursado algún grado de la educación básica regular a partir del año 2013 en instituciones educativas públicas y privadas.

Los estudiantes que hayan egresado de la educación básica regular antes del 2013 y quieran acreditar su trayectoria educativa deberán solicitar necesariamente el certificado de estudios en la institución educativa donde cursaron el último grado o en la UGEL, si la institución educativa se encuentra clausurada.

En caso el estudiante haya culminado su etapa escolar antes de 1985, debe acercarse a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Minedu para tramitarlo.

 

(FIN) NDP/RRC

 

Publicado: 29/10/2020


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Evaluación 2020-2021 para estudiantes desde los niveles de inicial hasta 4° de secundaria en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19

 




Evaluación 2020-2021 para estudiantes desde los niveles de inicial hasta 4° de secundaria.



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Presentan proyecto de ley para suspender clases presenciales

 


Presentan proyecto de ley para suspender clases presenciales hasta que se cuente con una vacuna contra el COVID-19

El congresista Paul García Oviedo de Acción Popular presentó el proyecto de ley para que no se realicen las clases presenciales en colegios públicos o privados del país en tanto no se cuente con “vacunas eficaces y seguras contra el COVID-19”.

El documento fue recibido el último 26 de octubre y podrá ser debatido en una de las comisiones del Parlamento.

La iniciativa plantea la suspensión de inicio de clases hasta contar con vacunas contra el COVID-19, en colegios públicos y privados bajo el ámbito de competencia del Ministerio de Educación (Minedu).

“Debiendo extenderse la utilización de mecanismos no presenciales o remotos bajo cualquier otra modalidad, en tanto no se pueda contar con vacunas eficaces y seguras contra el coronavirus que garanticen que no existe riesgo alguno que afecta la salud de la población escolar”, se lee en la propuesta.

-Clases semipresenciales en zonas rurales-

El último lunes, el ministro de Educación, Martín Benavides, informó que su sector ha definido un conjunto de criterios para que en las zonas rurales donde no hay presencia importante de COVID-19 se puedan reanudar, de manera semipresencial, las clases en contextos en los que no hay peligro de contagio.

Benavides explicó que esos criterios, establecidos por el Ministerio de Educación (Minedu) en una resolución ministerial 430-2020 publicada hace unos días, son cero fallecidos en el distrito en las últimas tres semanas, y una tasa de contagio de uno por cada mil pobladores en las últimas tres semanas en el distrito donde está la institución educativa.

“La institución educativa tiene que organizarse, en un trabajo cercano con la UGEL y la Dirección Regional, hacer su plan de apertura, cumplir con todos los protocolos, contar evidentemente con la voluntad de los papás y las mamás, y en esas condiciones hacer un retorno gradual a las escuelas, tal como ha venido ocurriendo ya en algunas localidades”, anotó.

El titular del Minedu dijo que los colegios rurales deben organizarse, en coordinación con el ministerio, para definir esa posibilidad de volver a operar.


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Rúbricas para evaluar competencia



Rúbricas para evaluar competencia

“La RÚBRICA es un instrumento pertinente para establecer el nivel de logro de una competencia, ya que contiene los criterios de evaluación previstos y conocidos oportunamente por los estudiantes.” RVM N° 094-2020 MINEDU.

“Para determinar el nivel del logro de la competencia es indispensable contar con evidencias relevantes y emplear instrumentos adecuados para analizar y valorar dichas evidencias en función de los criterios de evaluación.”

USO FORMATIVO: La rúbrica se transforma en una guía a lo largo del proyecto.

USO SUMATIVO: La rúbrica se utiliza para otorgar una calificación final.


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Rúbricas para evaluar competencia

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Elementos esenciales de una rúbrica| CNEB.

 

Elementos esenciales de una rúbrica

“La RÚBRICA es un instrumento pertinente para establecer el nivel de logro de una competencia, ya que contiene los criterios de evaluación previstos y conocidos oportunamente por los estudiantes.” RVM N° 094-2020 MINEDU.

“Para determinar el nivel del logro de la competencia es indispensable contar con evidencias relevantes y emplear instrumentos adecuados para analizar y valorar dichas evidencias en función de los criterios de evaluación.”

USO FORMATIVO: La rúbrica se transforma en una guía a lo largo del proyecto.

USO SUMATIVO: La rúbrica se utiliza para otorgar una calificación final.

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Elementos esenciales de una rúbrica

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Tipos de Rúbricas de Evaluación

“La RÚBRICA es un instrumento pertinente para establecer el nivel de logro de una competencia, ya que contiene los criterios de evaluación previstos y conocidos oportunamente por los estudiantes.” RVM N° 094-2020 MINEDU.

“Para determinar el nivel del logro de la competencia es indispensable contar con evidencias relevantes y emplear instrumentos adecuados para analizar y valorar dichas evidencias en función de los criterios de evaluación.”

USO FORMATIVO: La rúbrica se transforma en una guía a lo largo del proyecto.

USO SUMATIVO: La rúbrica se utiliza para otorgar una calificación final.


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Tipos de Rúbricas de Evaluación - Elaboración
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Rúbricas como instrumento de evaluación formativa

 

Rúbricas como instrumento de evaluación formativa

“La RÚBRICA es un instrumento pertinente para establecer el nivel de logro de una competencia, ya que contiene los criterios de evaluación previstos y conocidos oportunamente por los estudiantes.” RVM N° 094-2020 MINEDU.

“Para determinar el nivel del logro de la competencia es indispensable contar con evidencias relevantes y emplear instrumentos adecuados para analizar y valorar dichas evidencias en función de los criterios de evaluación.”

USO FORMATIVO: La rúbrica se transforma en una guía a lo largo del proyecto.

USO SUMATIVO: La rúbrica se utiliza para otorgar una calificación final.


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Rúbricas como instrumento de evaluación formativa

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Diciembre mes de evaluación virtual a estudiantes| Ministerio de Educación del Perú.

 


Diciembre mes de evaluación virtual a estudiantes

Durante la pandemia. Evaluarán a un grupo de alumnos de cuarto y sexto de primaria, así como de segundo y cuarto de secundaria. Deberán contar con internet.

Tras las evidentes dificultades y grandes brechas para el acceso a las clases remotas, en diciembre próximo se aplicará una evaluación virtual a una muestra de escolares de todo el país a fin de medir sus aprendizajes en el contexto de la emergencia sanitaria por el Covid-19, y los factores que promueven o limitan la educación a distancia.

Así lo adelantó el ministro de Educación, Martín Benavides, quien aseguró que, a través de este mecanismo, se buscará obtener una “idea más completa” del impacto de las clases remotas en los aprendizajes tradicionales. “En realidad no lo sabemos, todo lo que se dice del impacto negativo es una hipótesis. Hay que mirar porque ha habido problemas por el lado de aprendizajes tradicionales, pero también hubo otros con más importancia como la autonomía, la organización”

Si bien no dio detalles del proceso y solo dijo que será electrónico, diversas Unidades de Gestión Educativa Escolar (Ugel) y directores de colegios ya han sido notificados sobre la ejecución del estudio denominado “Situación de los aprendizajes de estudiantes en contexto de emergencia sanitaria ESAE 2020-II”. Así, en zonas como La Mar (Ayacucho), Castrovirreyna (Huancavelica), Huaral (Lima), Cutervo (Cajamarca) y Tacna se ha informado que se aplicará a una muestra de alumnos seleccionados aleatoriamente, que cuenten con dispositivos electrónicos y conexión a internet en sus casas, de cuarto y sexto de primaria; así como de segundo y cuarto de secundaria. 

Según los grados, se medirá lo avanzado en lectura, matemática, ciudadanía y habilidades socioemocionales.

 También habrá cuestionarios para los padres de segundo de primaria, así como para docentes y directores en otros grados.

No obstante, mientras se prepara este proceso para alumnos con internet, aún hay una brecha de más de 300.000 escolares que no han accedido a clases remotas, precisamente, por falta de conectividad.

Ahora bien, con miras a la anunciada evaluación, en agosto pasado se aplicó una prueba piloto de forma electrónica. Consultado al respecto, el Minedu dijo que aún no daría detalles de la misma; sin embargo, según fuentes de este diario, esta incluyó a cerca de 1.900 escolares de sexto de primaria, a quienes se les midió las competencias de lectura. La muestra, que no era representativa, contaba con computadoras e internet.

Hay que precisar que, de manera independiente a estas evaluaciones, se tiene previsto que para el inicio del año escolar 2021 se apliquen pruebas diagnósticas para definir el plan de nivelación de los alumnos tras la “promoción guiada” de grado.

Clave

Solo medición. Los resultados de este estudio no tendrán ninguna consecuencia administrativa sobre los estudiantes ni sobre los colegios participantes, aclararon las Ugel participantes.


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Crucigramas matemáticos| Fichas de retroalimentación

 

Crucigramas matemáticos

Buscar nuevas formas de trabajo para fomentar el estudio de las matemáticas y fortalecer los aprendizajes es una tarea del docente, los crucigramas matemáticos son esos recursos didácticos, donde los estudiantes a partir de actividades lúdicas llegan a construir conceptos, propiedades y conocimientos profundizándolos para construir nuevos aprendizajes.

- Crucigramas como proyecto de innovación educativa.

- Crucigramas como estrategia de retroalimentación.

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Crucigramas matemáticos 
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Plan de recuperación para estudiantes de ingreso tardío 2020 - Ficha de diagnóstico

 


Plan de recuperación para estudiantes de ingreso tardío 2020

FINALIDAD

Garantizar el derecho a la educación de estudiantes de EBR y de EBA de gestión pública que por diferentes motivos no han recibido el servicio educativo brindado por el Estado a través de la estrategia Aprendo en casa (AeC) de manera regular durante el periodo lectivo 2020.

OBJETIVOS

Brindar a los docentes orientaciones para la atención a estudiantes que se están incorporando de manera tardía al sistema educativo y que requieren de un trabajo personalizado para facilitar su efectiva reinserción mediante estrategias de acompañamiento y acogida.

Brindar ejemplos de rutas de trabajo posibles para que la o el docente pueda elegir según las condiciones y necesidades de sus estudiantes, sean estas socioemocionales o en función a las competencias seleccionadas.



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Instrumentos de Evaluación 2020 - Ministerio de Educación

 


Instrumentos de evaluación - Ministerio de Educación


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Registro para control de recepción de evidencias - Descargar


 Registro para control de recepción de evidencias



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MINEDU: Más de mil experiencias participan en Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes

 


Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes

Un total de 1,138 experiencias de aprendizaje y de gestión escolar en la educación a distancia, que involucran a cerca de cuatro mil maestros y equipos directivos de instituciones educativas públicas de todo el país, fueron inscritas en el VIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes convocado por el Ministerio de Educación (Minedu) para reconocer el profesionalismo y creatividad del magisterio peruano.

Las regiones con mayor número de prácticas y docentes inscritos son Lima Metropolitana, con 222 y 708, respectivamente, Cusco (84 y 391), Junín (79 y 275) y Piura (72 y 217, respectivamente). Respecto de las nuevas categorías consideradas en esta edición, al culminar la inscripción fueron registradas 72 experiencias relacionadas con la Educación Básica Especial.

Luego del proceso de verificación de los requisitos, los 928 expedientes con experiencias de aprendizaje y los 210 expedientes de gestión escolar pasarán la evaluación técnica y, finalmente, serán revisados por un jurado de expertos. Los resultados finales se conocerán el 24 de noviembre.

Desde el año 2013, cuando se realizó la primera edición del concurso, se han presentado cerca de 6,700 buenas prácticas en las que han participado más de 13,000 representantes del magisterio.

En total, el Minedu ha reconocido 278 buenas prácticas implementadas por 758 maestros. En la edición del año 2019, fueron premiadas 39 prácticas desarrolladas por 148 docentes y directivos.

MINEDU

6 de octubre de 2020 - 12:09 p. m.

 Buenas Prácticas Docentes
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Matriz de enfoques transversales - CNEB 2020

 

Matriz de enfoques transversales - CNEB

  •  Los enfoques transversales orientan en todo momento el trabajo pedagógico en el aula e imprimen características a los diversos procesos educativos.
  • Los enfoques transversales buscan darle un perfil al estudiante. (Perfil de egreso)
  • Los enfoques transversales se aplican en las COMPETENCIAS de todas las áreas.
  • Los enfoques transversales tienen que ser consistentes y constantes en acciones formativas.
  • En la aplicación pueden ser diversificados según al contexto y realidad de la comunidad educativa. (Valores, actitudes y acciones.)
  • Según al diagnóstico y necesidad de la institución educativa se puede priorizar, discernir o adaptar (valores, actitudes y acciones.) pero no excluir o descartar.

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Ficha de autoevaluación del docente en la educación a distancia

 

Ficha de autoevaluación del docente en la educación a distancia

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Informe de trabajo remoto - Mes de setiembre

 

Informe de trabajo remoto - Mes de setiembre


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Evaluando evidencias a partir de los criterios de evaluación

 

Evaluando evidencias a partir de los criterios de evaluación

PROPÓSITO

Compartir y reflexionar sobre cómo estamos planteando criterios de evaluación para el análisis de las evidencias producto de las experiencias de aprendizaje desarrolladas en el marco de la estrategia Aprendo en casa.

Muchos docentes tendemos a brindar a los estudiantes muchas valoraciones, pocas orientaciones y casi nada de devoluciones.( Wiggins. 1998)

¿Qué son las evidencias?

¿Qué ventajas para nuestra práctica docente trae el análisis de evidencias de aprendizaje?


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Informe de progreso de las competencias del estudiante


 Informe de progreso de las competencias del estudiante


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