La renovación de contrato se efectúa
después del primer año de vigencia de los cuadros de méritos establecidos por
la PUN, durante la tercera semana de diciembre. Es de alcance a los profesores
que cumplen con las siguientes condiciones:
- Haber rendido la PUN.
- Encontrarse en el cuadro de méritos de la UGEL.
- Contar con evaluación favorable de su desempeño laboral.
- Haber laborado en la misma
plaza todo el periodo lectivo anterior a la renovación del contrato.
- La plaza vacante en la que
laboró, se encuentre vacante para el siguiente año lectivo.
- Haber sido adjudicado en la fase
El profesor contratado en el marco del
contrato del servicio docente en EBE, EBA y EBR es evaluado por un comité de
evaluación del desempeño laboral, que se constituye exclusivamente para llevar
a cabo el proceso de evaluación del desempeño laboral, el cual está integrado
por:
a. El Director designado o profesor
nombrado con encargatura de Dirección de la IE.
b. Un profesor nombrado de mayor escala de
la misma modalidad, nivel, ciclo o especialidad de la IE.
c. Un representante del CONEI, padre de
familia, Consejo de Participación Estudiantil (COPAE)– EBA, según corresponda.
De no contar con profesores nombrados para
ejercer la representatividad en la evaluación, el Director solicita a la UGEL
la designación de un profesor nombrado de otra IE o de un especialista en
educación de la UGEL. En el caso de los CRFA, el comité está integrado por:
a.
El/la director/a o coordinador/a de CRFA.
b. Dos representantes de la
Asociación CRFA. El Director o Coordinador del CRFA es quien preside el comité
y deja constancia de la instalación del comité y el proceso de evaluación del
desempeño laboral en el libro de actas del CRFA.